El Concejo Deliberante de la Ciudad de Crespo aprobó por unanimidad la Ordenanza que tiene como finalidad desalentar la colocación de escapes ruidosos o antirreglamentarios y, a su vez, neutralizar el uso de los mismos o su eventual reutilización.

La nueva normativa entiende que es necesario proporcionar todas las herramientas legales que faciliten el cumplimiento de las normas, priorizando la vida y la seguridad de todos los ciudadanos, atendiendo la problemática que consiste en el uso de caños de escape antirreglamentarios en moto vehículos y automóviles. Razón por la cual indica que es necesario establecer expresamente la posibilidad de decomisar caños de escape antirreglamentarios detectados en vehículos, así como una normativa sobre disposición final de los mismos, para los casos en que dicha situación sea constatada en un acta de infracción y retención preventiva de vehículos.

La decisión también obedece a que se ha constatado en reiteradas oportunidades la reinstalación de los mismos cuando -una vez retenidos, ordenada y cumplida la colocación de escape reglamentario y abonadas las multas de rigor- el vehículo es devuelto a su propietario, quien también se lleva consigo el escape retirado o cambiado.

LA ORDENANZA

☑️ARTICULO 1º) Los vehículos retenidos -tanto automóviles o moto vehículos-, de los que surja o se presuma que han sido modificados con el objetivo de producir mayor ruido o mayores emanaciones de gases de los permitidos ya sea por escapes originales y/o modificación de los sistemas de escape y/o cualquier otro accesorio que los origine, serán sometidos a prueba y se realizará un informe de la Dirección de Prevención y Seguridad Urbana. Dicho informe será remitido al Juez de Faltas el que podrá disponer su decomiso y posterior destrucción.

☑️ARTICULO 2º) La compactación y/o destrucción de los elementos antirreglamentarios secuestrados de los vehículos deberá ser difundida oportunamente por los medios de prensa y comunicación para así lograr una mayor transparencia y conocimiento general de dicho procedimiento.

☑️ARTICULO 3º) El titular del vehículo retenido deberá proveer las piezas homologadas para reparar el sistema de escape de la unidad, a su exclusivo cargo, las que deberán ser instaladas en el taller municipal o en el que la Municipalidad de Crespo determine, como requisito previo para su restitución a su titular.

Todo ello, sin perjuicio del pago previo de las multas, acarreo, guarda y demás conceptos que correspondan, pudiendo el Juez de Faltas adicionar una suma equivalente de entre 5 y 30 litros de nafta, en concepto de mano de obra, previo informe y estimación de costo que realice el responsable de tales tareas.

La Sesión Ordinaria realizada el miércoles 7 de abril, fue presidida por Miguel Berns quien contó con la asistencia de Evangelina Schmidt (secretaria Legislativa). Estuvieron los concejales: Javier Malavassi, María Elina Ruda, Andrés Spreafico, Cintia Marrón, Damián Weiss, Flavia Barón y Carlos Pfeiffer (Frente Crespo Nos Une-Cambiemos); María de los Angeles Ríos, Javier Fontana, Solana Piedrabuena y Humberto Giménez (Frente Justicialista CREER Entre Ríos).