La Municipalidad de Crespo recuerda que está en vigencia la Ordenanza Nº 02/19 que establece un régimen legal para la implantación, extracción y poda de especies vegetales del arbolado público urbano.
Desde el municipio no se realizarán podas este año, por lo tanto los particulares que deseen hacerlo deberán completar un formulario que está disponible en la página web
http://www.crespo.gob.ar/medio-ambiente/ pidiendo autorización para poder realizar poda correctiva o extracción para reemplazar. Una vez completada esa solicitud recibirán una respuesta por email y dentro de las 48 horas serán visitados por personal del municipio que verificará si se puede realizar la poda o extracción. En caso de autorizar le dejarán una constancia que deberá ser presentada ante el podador autorizado.
Ante cualquier consulta comunicarse, de lunes a viernes de 7:00 a 13:00, al teléfono 4951160 (interno 133).
CONSEJOS
La poda de formación se realiza por razones utilitarias y de seguridad, consiste en formar árboles de estructura resistente. Serán autorizadas cuando se den los siguientes casos:
Peligro: Cuando alguna rama molesta la transitabilidad, iluminación, cuando hay peligro que una rama caiga sobre un techo, o dificulte el tránsito vehicular o peatonal.
Limpieza: Es necesaria para ir liberando a la planta de ramas secas y rotas. También deben podarse las ramas que deforman el árbol y las que impiden el paso. O en el caso de que las ramas estén atacadas por parásitos o insectos de la madera/corteza.
-Las podas solo deben ser de formación y no de raleo. Solamente necesitan ser podados los árboles frutales, rosales y los cercos de arbustos.
-Es importante remarcar que no se pueden podar los árboles de las calles o plazas sin el permiso de autorización.
-Sabemos que el árbol por naturaleza no necesita ser podado, deben conservar su forma natural. Por eso hay que saber, antes de plantarlos, que forma y tamaño van a tener cuando hayan crecido. Es por eso la importancia de elegir la especie adecuada al momento de plantar.