Podrán salir todos los días de la semana de 8:00 a 12:00 las personas mayores de 60 años y de 13:00 a 20:00 los menores de 60 años.
Darío Schneider, intendente de la Ciudad de Crespo, habilitó la salida de esparcimiento en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico mediante la firma del Decreto Nº 072/2020 a partir de este martes 12 de mayo.
En consecuencia se autorizan las salidas de esparcimiento, consistentes en caminatas en la vía pública, las que deberán realizarse conforme las instrucciones y recomendaciones dictadas por el Comité de Emergencia Sanitaria Provincial (Co.E.S.) en fecha 11/05/2020 (DCOES 050), que podrán incluir paseos en bicicleta guardando distancia de al menos dos metros con otras personas.
Los mayores de sesenta años podrán realizar las actividades autorizadas en el horario de 8:00 a 12:00, incluso aquellos que requieran de acompañante terapéutico. El resto de la población podrán practicar las actividades en el horario de 13:00 a 20:00, debiendo en todos los casos realizar las salidas dentro de un radio de quinientos metros del domicilio cuando se trate de caminatas, y por no más de una hora diaria cuando se trate de paseos en bicicletas.
Se recomienda el uso de barbijos/tapabocas, el que resultará obligatorio cuando las salidas no sean individuales y se deberá circular llevando documento de identidad el cual podrá ser requerido por autoridad pública para certificar el cumplimiento de las distancias autorizadas desde el domicilio.
En ningún caso se podrá hacer uso de los juegos o equipamientos ubicados en parques públicos, sea de índole lúdica, recreativa o de gimnasia, ni podrán realizarse reuniones de personas en espacios públicos.
Los inspectores municipales, efectivos de la Guardia Urbana Municipal y la autoridad policial tendrán a su cargo el control de cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente decreto, pudiendo labrar acta de comprobación de las infracciones a las disposiciones establecidas, que serán juzgadas aplicándose la sanción de multa, conforme lo establecido por el art. 25 y 30 del código de faltas municipal (Ord. 70/96 y modif.).
En el marco de las distintas acciones que se llevan adelante dentro del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Decreto Nº 072/2020 del Departamento Ejecutivo Municipal, adhiere a lo dispuesto por el Decreto Nº 665/2020 del Gobierno de Entre Ríos y el Decreto de Necesidad y Urgencia 408/2020 del Gobierno de la República Argentina.
Considerando que la Municipalidad de Crespo oportunamente elaboró y elevó ante las autoridades provinciales competentes un protocolo de aislamiento comunitario que incluía normas referidas a las actividades de esparcimiento en beneficio de la salud y bienestar psicofísico.
INGRESA ACÁ PARA VER EL DECRETO 072/2020 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE CRESPO
INGRESA ACÁ PARA VER EL DECRETO 665/2020 DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE ENTRE RÍOS